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Jueves 19 de Marzo de 2026

Reforma laboral:

26 colegios de abogados presentan cautelar autónoma contra artículos sobre honorarios y costas
La acción que se presentará es impulsada por el Colegio de Abogados de Villa María, Córdoba, junto a otros colegios de la provincia, incluido el de la Capital de esa provincia, y se sumaron también de otras provincias. Cuestionan artículos que permiten pagar a los profesionales en cuotas y que habilitan responsabilidad solidaria de los letrados en costas. Paso de los Libres y otros Colegios de abogados de la provincia, se sumaron a esta cautelar

Una coalición de 26 colegios de abogados de Córdoba y distintas provincias presentará este miércoles una acción cautelar autónoma contra el Estado nacional para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 20 y 277 de la reforma laboral introducida por la Ley 27.802, recientemente promulgada. Los letrados afirman que dichos artículos afectan honorarios y responsabilidad profesional.

La presentación, que fue adelantada a este medio, se realizará ante un Juzgado Contencioso Administrativo Federal en la Ciudad de Buenos Aires y, de prosperar, podría suspender la aplicación de esas disposiciones hasta que se resuelva el fondo del planteo.

La abogada laboralista Itatí Demarchi Arballo, presidenta del Colegio de Abogados de Villa María, precisó a Comercio y Justicia que la iniciativa fue impulsada por dicha entidad junto con colegios que integran la Federación de Colegios de Abogados de la Provincia de Córdoba (Fecacor) -Córdoba, Río Cuarto, Bell Ville, San Francisco, Río Tercero, Villa Dolores, Cruz del Eje, Deán Funes y Laboulaye-. Además, se unieron entidades de otras provincias como los colegios de Resistencia, Santa Fe, Salta, Bariloche, Ushuaia, Charata, Santo Tomé, Goya, Curuzú Cuatiá, Corrientes, Paso de los Libres, Jujuy, Viedma, Concepción del Sur, General Roca, Misiones y Catamarca. Luego se anexaron Trelew y Cutral Co.

Financiamiento de sentencias laborales
Uno de los cuestionamientos se dirige al artículo 277, que habilita la posibilidad de financiar el pago del capital reconocido en una sentencia laboral hasta en 12 cuotas, mecanismo que en el ámbito jurídico comenzó a denominarse “ahora 12”.

“El artículo 277 es el que determina la posibilidad de que la magistratura financie el capital del trabajador en una sentencia hasta en 12 cuotas, así como también los honorarios de los profesionales”, señaló Demarchi Arballo.

En este marco, la letrada comentó que la Sala 10 de la Cámara del Trabajo acaba de declarar la inconstitucionalidad de esa disposición en relación con el capital del trabajador, aunque no respecto de los honorarios profesionales.

Responsabilidad de los abogados
El otro eje del planteo es el artículo 20, que modifica el régimen de responsabilidad en el proceso laboral.

Según explicó Demarchi Arballo, antes la eventual responsabilidad solidaria de los abogados en las costas era excepcional y sólo podía aplicarse cuando se acreditaba temeridad o malicia procesal.

“Ahora la responsabilidad es objetiva. Esto quiere decir que la sola sobreestimación que entienda el magistrado respecto de la demanda presentada ya puede dar lugar a imponerle las costas solidarias al abogado”, sostuvo.

Para la presidenta del colegio villamariense, la norma coloca al profesional en una situación de fuerte presión económica. “El abogado se convierte en un rehén económico del proceso”, afirmó.

En su interpretación, el esquema además genera un trato desigual dentro del sistema judicial. “¿Por qué el fuero laboral y no otros fueros? Es claramente discriminatorio en relación con otros ámbitos”, planteó.

Planteo constitucional
Los colegios firmantes sostienen que las disposiciones cuestionadas vulneran derechos constitucionales vinculados al ejercicio profesional.

“Entendemos que de ninguna manera esto puede pasar el tamiz de constitucionalidad: afecta el derecho a la propiedad, el derecho a la asesoría técnica en libertad y el derecho a ejercer la profesión libremente sin ser disuadidos”, sostuvo Demarchi Arballo.

La cautelar cuenta con el patrocinio del abogado Alberto Spota. Si el tribunal hace lugar a la medida, quedaría suspendida la aplicación de los artículos 20 y 277 mientras se tramita el proceso principal.

De acuerdo con lo indicado por la también docente universitaria de la UBA y Universidad de Villa María, el juzgado deberá resolver el planteo cautelar en un plazo aproximado de 10 días hábiles.

“Los 26 colegios no vamos a permitir que se disuada a los abogados o se les impida el ejercicio libre de la profesión”, concluyó Demarchi Arballo, quien advirtió que la reforma podría desalentar la defensa en el ámbito laboral, “una de las ramas más vulnerables del derecho”.

F: comercioyjusticia.info


Jueves, 19 de marzo de 2026
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