Política
Otro golpe a Javier Milei: el Senado rechazó el veto a la Ley de ATN
El Senado puso su parte para sostener la ley que busca poner un freno al ahogo financiero al que sometió Javier Milei a las provincias. Ahora, pasa a Diputados.

El presidente Javier Milei sufrió una nueva y resonante paliza en el Senado de la Nación. Luego de que Diputados rechazara este miércoles los vetos libertarios a las leyes de Financiamiento Universitario y Emergencia en Pediatría en simultáneo con una multitudinaria marcha en las calles, ahora el Senado también le dijo "no" al veto presidencial sobre la Ley de Reparto Automático de Aportes del Tesoro Nacional (ATN).
Con 59 votos afirmativos (se requerían 46), 9 negativos, 3 abstenciones y una ausencia, el Gobierno libertario volvió a recibir un duro golpe legislativo que le quita gobernabilidad y la confianza de los mercados. Ahora, la norma pasará a manos de Diputados, que tendrá que llevar a cabo el debate y la correspondiente votación.
La sesión en la Cámara Alta, que tuvo como principal objetivo voltear el veto de Milei, también aprobó la Ley Nicolás (creada como consecuencia de la muerte de Nicolás Deanna) que ya había sido aprobada por la Cámara de Diputados en diciembre de 2023.
Qué son los ATN y por qué son importantes
Los Adelantos del Tesoro Nacional (ATN) son fondos que representan el 1% de la masa coparticipable de impuestos nacionales. Están destinados a asistir financieramente a provincias en situación de emergencia o con desequilibrios económicos. Si bien su recaudación es automática, el Gobierno nacional decide de manera discrecional cómo y cuándo distribuirlos.
Temario en el Senado
Creada como consecuencia del fallecimiento de Nicolás Deanna, de 24 años, por una meningitis no diagnosticada a tiempo, la ley Nicolás busca impedir diagnósticos fallidos y combatir la mala praxis.
Sobre el proyecto que pide penas más duras para siniestros viales, el dictamen establece que “será reprimido con prisión de dos a cinco años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco a diez años el que, por conducción imprudente, negligente, con impericia o antirreglamentaria de un vehículo con motor causare a otro la muerte”.
Además, aumenta la pena “de cuatro a ocho años e inhabilitación especial por el doble de tiempo de la condena, si se diera alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior y el conductor hubiere consumido estupefacientes, o hubiere consumido medicamentos que disminuyan su aptitud para conducir, o tuviere un nivel de alcoholemia superior a cero, o excediere en un treinta por ciento (30%) la velocidad máxima permitida en el lugar del hecho, o condujese un vehículo con motor sin encontrarse habilitado para conducir”.
Con respecto a la Alerta Sofía, el proyecto de ley busca avanzar en “la sistematización y centralización de la información, los procedimientos y los protocolos para la búsqueda de las personas, tanto menores como adultas, cuyo paradero se desconozca, y de la información, los procedimientos y los protocolos para la identificación de personas de identidad desconocida halladas con vida o fallecidas, promoviendo acciones efectivas, con información actualizada y completa sobre todas las novedades ocurridas en territorio nacional”.
Jueves, 18 de septiembre de 2025