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Miércoles 9 de Julio de 2025

PRECEDENTE JUDICIAL CLAVE

Paso de los Libres: fue condenado por dar información falsa en Facebook
Un dirigente de la alianza ECO de Paso de los Libres fue condenado por publicar información falsa en redes sociales en una causa por daño moral que inició un funcionario público, una decisión judicial sin precedentes en esta ciudad correntina.

Salvando el derecho de toda persona a la libertad de expresión, la Justicia comprobó que la información propagada por redes sociales fue falsa y que, además, generó daño moral con injurias y calumnias sufridas por el funcionario demandante.

Este fallo es inédito en la Justicia provincial con sede en Libres, pero en el Juzgado federal -en la misma ciudad- el mismo funcionario afectado ya ganó otra batalla por ser víctima de información falsa en un caso –también sin precedentes- en el que la Justicia corroboró la producción de una información falsa por parte de otro ciudadano con el solo objeto de perjudicarlo. Lo que condenó la Justicia en este último hecho no es la información falsa en sí, sino el uso de esta para cometer daño.

El dirigente Álvaro Gutiérrez Civitate fue condenado al comprobarse que difundió información falsa por la red social Facebook contra el funcionario Javier Gonzalo Sigilio, actual secretario de Gobierno del Municipio de Libres.

La condena establece que Álvaro Gutiérrez deberá pagarle una indemnización de 150 mil pesos al damnificado y, además, publicar un video en su cuenta de Facebook en el que desmienta lo expresado anteriormente y dé lectura al fallo que lo condena.

Para la Justicia, quedó probado que Gutiérrez cometió daños cuando publicó videos en Facebook en los que él mismo aparece para señalar que el funcionario utilizaba máquinas del Municipio para trabajos particulares de su familia. Con ello, falsamente, le imputó delitos vinculados al uso de bienes públicos para fines personales. Además, el condenado había afirmado que el funcionario era un "delincuente", según el fallo.

La investigación judicial determinó que la máquina que trabajaba en el lugar filmado fue contratada a una empresa privada por familiares del afectado y que, además, el funcionario no tuvo ninguna participación. Es decir, con pericias y documentos en mano, la Justicia probó que la máquina no pertenecía a la Comuna.

En sus considerandos, el fallo indica que el demandado Álvaro Gutiérrez ni siquiera se presentó ante la Justicia para sostener y mostrar pruebas de que sus acusaciones eran verídicas.

La sentencia fue firmada por la jueza Civil y Comercial de Paso de los Libres, Rosa Beatriz Batalla, quien consideró probado que Álvaro Gutiérrez cometió daño mediante injurias y calumnias contra Sigilio, por lo cual este último debe ser indemnizado.

Entre sus fundamentos, la jueza Batalla deja en claro que no se pone en cuestión el derecho de toda persona a libertad de expresión. La magistrada escribió: "Que lo actuado hace procedente la reparación por daño moral pretendida; por ser las afirmaciones sobre su persona y función actos voluntarios del hoy demandado, que no exteriorizan más que apreciaciones sin aval sobre el manejo y destino de bienes públicos, pero que traspasan cualquier molestia que pudiera suscitarse erigiéndose en agravios, al ser llevada al plano social mediante medio de amplia difusión, con el tinte y el agravante de convertirse en acusación reiterada de un ilícito, que en definitiva no existió; según lo aquí actuado y probado".

También, Batalla señala: "Se desprende del escrito de demanda que el actor pretende ser indemnizado por haber sido imputado de la comisión de conductas reñidas con la función pública que desempeña el accionante y entiende que por su falsedad, desprestigian su carrera política y profesional".

Además, el fallo indica que Álvaro Gutiérrez "se mostró inerte frente a tal presagio y así permaneció a lo largo de esta litis, sin aportar elemento objetivo que corrobore sus imputaciones, estando sostenida nada más que en sus propia versión de los sucesos y a lo que se contrapone la conducta procesal asumida, donde a la orfandad probatoria se suma su contumacia a las audiencias y en lo que persiste, pese a haberle sido notificado de la renuncia de la profesional que oportunamente lo asistiera".

Así, el caso fue resuelto también con la investigación que probó que la cuenta de Facebook pertenecía a Gutiérrez y que era él mismo quien aparecía en videos que Sigilio alegó como dañinos.

F:diarioepoca


Jueves, 23 de febrero de 2023
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