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Jueves 11 de Septiembre de 2025

CONGRESO

Diputados buscará convertir en ley la nueva moratoria previsional
Se trata del proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo para abrir una nueva moratoria previsional, con el objetivo de que puedan acceder a este beneficio unas 500.000 personas que en su mayoría pertenecen a los sectores más vulnerables.

La aprobación de la iniciativa está asegurada dado el amplio respaldo que cosechó la propuesta gubernamental no sólo de parte del oficialismo y sus habituales aliados , sino además de los principales partidos de la oposición como el socialismo, el Frente Renovador y el GEN.

Además, apoyaron el proyecto, aunque presentaron disidencias en la firma del dictamen, la Unión Cívica Radical , el PRO y la Izquierda.

La sesión se iniciará a las 12 e incluirá además la aprobación de cinco Decretos de Necesidad y Urgencia, la ratificación de una seria de tratados internacionales y referidos a la actualización de la legislación laboral.

Así, la nueva moratoria previsional se convertirá en una de las leyes con más aceptación parlamentaria: en el Senado se aprobó por unanimidad y diputados lo aprobará con más de doscientos votos a favor.

El proyecto busca posibilitar el acceso a su correspondiente "prestación previsional" a aquellos "trabajadores autónomos y monotributistas", mediante la regularización de deudas existentes, y establece un plan de pagos de 60 cuotas para aquellas personas que cumplan con la edad jubilatoria (60 años en las mujeres y 65 en los hombres) pero no cuenten con los 30 años de aportes que establece la ley.

La iniciativa establece que los trabajadores autónomos inscriptos o no en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y los monotributistas "que hayan cumplido a la fecha o cumplan la edad jubilatoria dentro del plazo de dos años desde la vigencia de la presente ley, podrán regularizar sus deudas previsionales".

De acuerdo al proyecto, los trabajadores autónomos podrán regularizar su situación respecto de la deuda que mantengan por aportes, mientras que los monotributistas lo harán con relación a las deudas originadas en las cotizaciones previsionales fijas con destino al SIPA.

En ambos casos, la deuda comprenderá las obligaciones devengadas hasta diciembre de 2003, inclusive, y los intereses resarcitorios devengados hasta la fecha de consolidación de la deuda y regirá por el término de dos años, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la ley.

Asimismo, establece que tendrán derecho a inscribirse en el régimen los derechohabientes previsionales del trabajador autónomo o monotributista fallecido, siempre que existiera inscripción del beneficiario original previa al deceso en calidad de trabajador autónomo o monotributista.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), en forma previa a determinar el derecho a una prestación previsional, realizará evaluaciones patrimoniales o socioeconómicas sobre la base de criterios objetivos que determine la reglamentación, a fin de asegurar el acceso al régimen de las personas de presenten mayor vulnerabilidad.

Por otra parte, contempla que, para acceder a dichas prestaciones, deberá haberse cancelado un mínimo de cuotas del régimen de regularización de deuda, en tanto que la reglamentación establecerá la cantidad de cuotas aplicables a los efectos.


Miércoles, 27 de agosto de 2014
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