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Viernes 22 de Agosto de 2025

LEY DE MEDIOS

Confirmaron qué camaristas resolverán el caso Clarín
La Sala I de la Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal, integrada por los jueces contencioso administrativo Marcelo Duffy y Jorge Eduardo Morán y la jueza María Susana Najurieta , rechazó las recusaciones y excusaciones de los camaristas Guillermo Antelo y Ricardo Guarinoni, en el marco de la causa que se sigue por la Ley de Medios, y en la que se debe resolver sobre la extensión de la medida cautelar pedida por el Grupo Clarín.
La Sala I de la Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal rechazó las recusaciones y excusaciones de los camaristas Guillermo Antelo y Ricardo Guarinoni, en el marco de la medida cautelar presentada por el Grupo Clarín.

La Sala mixta consideró que los jueces Antelo y Guarinoni deberán resolver, junto a Najurieta sobre las restantes excusaciones y recusaciones interpuestas en la causa, y luego de definir esa cuestión, la Cámara tendría que expedirse sobre el pedido para extender la medida cautelar realizado por el el Grupo Clarín.

Mientras tanto, la justicia de primera instancia deberá resolver el fondo de la cuestión, es decir dictar una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad o no del artículo de la Ley de Medios sobre la desinversión.

El camarista Guarinoni había sido recusado por el Gobierno por el viaje que habría realizado a Miami financiado supuestamente por el grupo Clarín, para participar de una cumbre entre cuyos sponsors estaba la empresa cablevisión.

Para la Cámara "no se ha quebrado la imparcialidad" del juez ya que el magistrado cuestionado, tuvo que intervenir seis meses después para integrar la Sala ante las excusaciones y recusaciones de casi todos los integrantes de la Cámara Civil y Comercial Federal. No se ha podido probar que Guarinoni tenga vinculación con el grupo Clarín, sostuvo la Cámara según el fallo al que accedió Infobae.

Respecto de Guarinoni, la Cámara sostuvo que "el solo hecho de que un auspiciante pudo tener vinculación con Cablevision, pero que no es este, no autoriza a suponer que como pagó el viaje y el hospedaje de tres días ha quebrado la imparcialidad del juez para resolver un asunto en el que, como ya se dijo, seis meses después tuvo que intervenir ante la excusación o recusación de la casi totalidad de los vocales de la Cámara y que obviamente no se podía prever".

Por su parte, Antelo se había excusado ante la denuncia del Jefe del Gabinete, y el Estado también lo había recusado, pero la Cámara entendió que misma fue "extemporánea".

La recusación fue presentada después de integrada la sala en una situación en la que "la recusante ya sabia de antemano cuales eran esas causas y a que jueces comprendían" pero optó "por hacer uso de la prerrogativa solo después de que se integrara la sala, lo cual importo una desnaturalización del instituto de la recusación".

Por el mismo motivo se rechazó a la vez la excusación del mismo juez, por no encontrarse elementos para suponer que se vio afectado "su ánimo o tranquilidad de espíritu" y su "imparcialidad".

En disidencia parcial, la jueza Najurieta se mostró a favor de aceptar la excusación de Guarinoni y apartarlo de la sala, pero su voto quedó en minoría.

La sala así conformada por Najurieta, Guarinoni y Antelo deberá ahora resolver las recusaciones de otros de sus miembros formuladas con anterioridad por el Gobierno, entre ellos la del camarista Ricardo Recondo.

La Sala I deberá definir luego si otorga una prórroga a la medida cautelar contra la aplicación del articulo 161 de la ley al grupo Clarín, a la que la Corte Suprema de Justicia puso como fecha de vencimiento el 7 de diciembre.

Según el fallo al que accedió Infobae, la Cámara invocó la resolución de la Corte Suprema del 27 de noviembre que instó a resolver con criterio "restrictivo" los planteos para evitar más dilaciones.


Lunes, 3 de diciembre de 2012
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