Aduana
La AFIP-DGADUA informa que las mercaderías que no se han retirado pasa a manos del estado
Conforme lo establecido en el punto I de la mencionada IG, se hace saber que si transcurrido el plazo desde la presente publicación no hubiesen efectuado el retiro o reembarco de la mercadería previo pago de tributos, se considerará que se ha hecho abandono de la mercadería a favor del Estado Nacional
Se hace saber a los abajo nombrados que se ha resuelto ordenar el ARCHIVO de las actuaciones que se detallan, en los términos de la Instrucción General Nro. IG-2023-2-E-AFIP-DGADUA. Conforme lo establecido en el punto I de la mencionada IG, se hace saber que si transcurrido el plazo de 30 días desde la presente publicación los abajo nombrados no hubiesen efectuado el retiro o reembarco de la mercadería previo pago de tributos y/o subsanación de la prohibición, si correspondiere, se considerará que se ha hecho abandono de la mercadería a favor del Estado Nacional quedando habilitada la posibilidad de otorgar a la misma el destino que corresponda en atención al tipo y estado de aquella.
Fdo. Jorge Scappini Jefe de Departamento Aduana de Paso de los Libres.
Jorge Alberto Scappini, Jefe de Departamento.
04/01/2024 N° 148/24 v. 04/01/2024 Viernes, 5 de enero de 2024