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Viernes 26 de Abril de 2024

Yerba Mate

Juez de Paso de los Libres hizo lugar a otra medida cautelar en contra del cupo de plantaciones de yerba mate
Otro fallo en contra de la Resolución 170 del Inym. Un juez de Paso de los Libres hizo lugar a una medida cautelar de no innovar y ordenó tanto al Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym) como al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca a suspender la aplicación de las Resoluciones 170/2021 y 152/2021 y de toda norma complementaria de estas, respecto a la Asociación de Productores Molineros de Corrientes integrada por Establecimiento Las Marías Sacifa, Navar SA y la Cooperativa Liebig.
Otro fallo en contra de la Resolución 170 del Inym
La Justicia Federal de Corrientes ordenó al Instituto y al Ministerio de Agricultura a suspender la aplicación de la normativa que limita la plantación de yerba mate


Cabe destacar que la Resolución 170 del Inym fue ratificada por la Resolución 152/2021 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación (MAGyP), en la cual se manifiesta una plena coincidencia con los argumentos formulados por el Instituto. De allí que el juez dispone medida cautelar en cuanto a las dos resoluciones.


Lo que establece el juez
Ahora el juez da lugar a la presentación de la Asociación de Productores Molineros de Corrientes y establece “como vigencia de la medida cautelar, el plazo de seis meses, contados a partir de la notificación de la misma, pudiendo ser prorrogada por otros seis meses”.

Además, según el escrito judicial, se dispuso librar oficio al Inym con domicilio en Posadas a los fines de tomar razón de la medida dispuesta y arbitrar los medios para el cumplimiento de la medida.

La justicia impone como contracautela una caución real de 2 millones de pesos, la cual podrá efectivizarse mediante depósito efectivo a la orden del juzgado del Juez Federal Fresneda y Secretaría, póliza de seguro remitida por compañía de seguros de reconocida trayectoria y solvencia, dando a embargo bienes inmuebles o bien mediante aval bancario.

El primer fallo
En noviembre del año pasado, una medida cautelar similar había sido presentada y dado lugar por la justicia, por la empresa yerbatera La Cachuera Sociedad Anónima.

Entonces se hizo en forma conjunta con una acción de amparo que tiene por objeto la declaración de inconstitucionalidad de la normativa impugnada.

Esa resolución como la actual pertenece al juez Gustavo del Corazón Fresneda, del juzgado Federal de Paso de los Libres Corrientes.


Desde el Inym
Tras aquel primer fallo judicial, a principio de enero, el Instituto Nacional de la Yerba Mate había recordado que desde primer mes del año se encontraba en plena vigencia la Resolución 170/2021 que propone un ordenamiento de la actividad yerbatera respecto a la incorporación de nuevas plantaciones.

El Plan Estratégico 2013-2028 para la Yerba Mate Argentina, según los argumentos del Inym busca hacer realidad “una actividad yerbatera con la mayor cantidad de actores, competitiva, socialmente responsable, equitativa y ambientalmente sustentable, que ofrezca al mundo productos naturales, genuinos y de calidad, por lo que se propone una medida encaminada hacia ese objetivo”.

En ese marco, la Resolución 170 tiene como objetivo, siempre de acuerdo a lo planteado por el Instituto fortalecer la sustentabilidad del sector yerbatero, poniendo en un plano de igualdad a grandes, medianos y pequeños productores para que puedan desarrollar nuevas plantaciones.

“De esta manera, se incentiva el arraigo de miles de familias de pequeños productores en sus chacras y se promueve un equilibrio en la oferta y demanda del producto; en el marco de un modelo de inclusión social y equidad territorial, garantizando a los consumidores un producto de calidad”, sostiene el Inym.


Para productores
En ese sentido, cabe señalar que la medida dispuesta por el Inym determina que a partir de enero de 2022 todos los productores inscriptos podrán incorporar hasta 5 hectáreas de nuevas plantaciones.

Además, según la norma podrán implantar anualmente hasta el 2% de las superficies de yerbales ya existentes y declarados ante el Inym y estarán habilitados para reponer todas las plantas secas o muertas dentro de un lote ya declarado, sin alterar la densidad original de la plantación.

El Inym al disponer la aplicación de la Resolución 170/2021, determinó que todo operador inscripto en la categoría productor, interesado en realizar nuevas plantaciones de yerba mate, replante o reposición, en el marco de lo establecido deberá cumplimentar con los siguientes requisitos: Estar inscriptos en el registro de operadores de sector yerbatero en la categoría productor.

Además, solicitar al Inym la autorización para realizar una nueva plantación de yerba mate, o replante en su caso, informando la superficie a implantar, con una anticipación mínima de 30 días. Indicar el punto GPS de la nueva plantación o replante. Presentar ante el Inym la autorización de ingreso de los funcionarios a la propiedad en la que se realizará la nueva plantación o el replante.

En su articulado la Resolución 170 también determina las sanciones y las multas que se aplicarán a los operadores que realicen nuevas plantaciones sin autorización del Inym o que superen la superficie autorizada.


Viernes, 18 de marzo de 2022
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