Facebook de TodoLibres Canal TodoLibres en Youtube Rss de ToloLibres.com.ar
Viernes 19 de Abril de 2024

Ambas partes involucradas tienen domicilio en Misiones

La Corte Suprema deberá resolver planteo para suspender la limitación de plantaciones de yerba mate dispuesta por el INYM
El INYM salió a rechazar el fallo del juez federal de Paso de los Libres, Gustavo Fresneda, que benefició a la yerbatera de Apóstoles La Cachuera y ordenó que se suspenda la entrada en vigencia de la resolución 170 que limita las nuevas plantaciones de yerba mate. El conflicto deberá ser resuelto, de aquí en adelante, por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El juez federal de Posadas, José Luis Casals, envió un escrito a la Corte Suprema de Justicia solicitando que sea la encargada de resolver el conflicto, por la resolución que limita las nuevas plantaciones de yerba mate, entre La Cachuera y el Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM).

Según explicaron los letrados, la Corte debe dirimir el problema, considerando que el juez correntino Gustavo Fresneda, no sería adecuado para resolver el conflicto, teniendo en cuenta que ambas partes involucradas tienen domicilio en Misiones.

El Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) rechazó el fallo del juez federal de Paso de los Libres, Gustavo Fresneda, que a instancias de la firma misionera La Cachuera, suspendió la aplicación de la resolución que limita a cinco las hectáreas nuevas que pueden ser plantadas con el producto madre de la economía de Misiones.

Además, adelantaron que llevarán el caso al Tribunal de la Defensa de la Competencia porque la empresa estaría consiguiendo una posición monopólica en el mercado.

“No queremos la concentración económica ni un gran monopolio ni un oligopolio, esta es nuestra convicción. Y acá queda claro, como hay dos modelos en puja, dos modelos están pujando los intereses”, afirmó el presidente del INYM, Juan José Szychowski.

Este lunes, durante una conferencia de prensa, Szychowski, acompañado por el director por Misiones, Ricardo Maciel; la asesora legal, Graciela Canteli y el síndico, Emilio Jouliá, expresaron la postura que tomará el instituto, o parte de él, ante el fallo.

Uno de los argumentos principales es que el doctor Fresneda no tiene competencia en este caso debido a que el domicilio legal, tanto del INYM como de la empresa que presenta el amparo, se encuentra en Misiones.

“La verdad que es bastante sorprendido por este fallo, realizado por un juez de Paso de los Libres donde una empresa misionera, con todos sus intereses aquí en Misiones, presenta este pedido a un juez de Corrientes contra una institución que también tiene domicilio en la provincia de Misiones, todo esto nos llama la atención. Lo primero que queremos decir es que nosotros ya peleamos la medida recibida por el juez la semana pasada de ser necesario, vamos a llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación nosotros tenemos la convicción que vamos a defender lo dictaminado por el directorio del INYM y también por el Ministerio de Agricultura de la Nación”, expresó el Szychowski.

Luego de que el INYM emitiera la resolución 170/2021, el ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación dictó la resolución 152/2021, en la que avaló y complementó lo actuado por el instituto yerbatero, teniendo en cuenta que la meta, es cuidar le interés de los pequeños productores.

“A nosotros la ley nos dice y no se obliga a darle sustentabilidad y acá pueden ver que es la visión de la cadena yerbatera, donde habla la mayor cantidad de actores, equitativa y socialmente responsable y eso es lo que nos guía y eso lo afirmaron todos los actores de la cadena desde los tareferos, los productores, los secaderos y los molineros. Toda acción que hacemos, está destinada a cumplir la misión de la cadena”, agregó el dirigente.

En ese sentido, Szychowski, adelantó que la conducta de La Cachuera, productora de la marca Amanda, debe ser analizada en un contexto donde se puede estar lesionando el interés general de la sociedad.

“Ninguna empresa, ningún ciudadano puede tomar alguna medida que lesione el interés general de toda la sociedad. Al plantar miles de hectáreas, estaría lesionando el interés de muchos productores, de miles de pequeños productores, es decir, lesión el interés general. De ser así, estaría infringiendo una ley, que es la Ley de Defensa de la Competencia, que es una ley muy importante que hace que todos los ciudadanos estemos en igualdad de condiciones y que no haya supremacía de uno sobre otro”, enfatizó y añadió que este martes se analizará y pedirá autorización al directorio del instituto, para llevar adelante una denuncia ante el Tribunal de Defensa de la Competencia.

Szychowski, insistió que la ley ampara lo actuado por el INYM y habló sobre el sentido social que debe tener cualquier tipo de actividad económica y subrayó que, sin el trabajo de miles de pequeños productores, no tendría sentido el trabajo del instituto. Además, sostuvo que en este caso se pone de manifiesto la puja de dos modelos diferentes.

“No queremos la concentración económica ni un gran monopolio ni un oligopolio, esta es nuestra convicción. Y acá queda claro, como hay dos modelos en puja, dos modelos están pujando los intereses. Uno, es el que buscamos nosotros, que es el desarrollo económico con justicia social, con desarrollo social, con inclusión de productores, con inclusión de mano de obra. El otro, que lo único que busca es maximizar las ganancias, tener una gran rentabilidad sin importar si al plantar 1.000 o 2.000 hectáreas, desplaza a miles de productores a la miseria. Y en esto vamos a ser inflexibles, por lo menos lo que estamos acá en la mesa los directores de la producción, las cooperativas y muchísimos industriales también que tienen nuestra visión”, advirtió.

Para cerrar, Szychowski, volvió sobre el fallo del juez Fresneda, quien, según apuntó, tomó una decisión lejos de donde se desarrolla la actividad productiva y donde se encuentran trabajando los productores.



Sobre la resolución que limita las nuevas plantaciones de yerba N°170


ARTICULO 1º: ESTABLECER que cada productor inscripto en el Registro de Operadores del Sector Yerbatero podrá plantar por año hasta CINCO (5) hectáreas de nuevas plantaciones de yerba mate (Ilex Paraguariensis Saint Hilaire).

ARTICULO 2º: ESTABLECER que cada productor inscripto en el Registro de Operadores del Sector Yerbatero podrá implantar anualmente hasta el DOS POR CIENTO (2%) de la superficie de yerba mate declarada ante el INYM.

ARTICULO 3º: Se podrá reponer las plantas secas/muertas dentro de un lote ya declarado ante el INYM sin alterar la densidad original de la plantación.

ARTICULO 4º: Las plantaciones nuevas y los replantes podrán ser realizados:

1.- Sobre la misma superficie de un lote ya declarado ante el INYM, el que fue previamente arrancado.

2.- En un lote nuevo que se agrega a los existentes.

3.- Entre los líneos de plantaciones existentes.

ARTICULO 5º: ESTABLECER que las plantaciones nuevas y los replantes podrán ser realizados por el productor inscripto como tal en el INYM, no pudiendo ceder o transferir la autorización de plantación otorgada por el INYM bajo ninguna causa o modalidad.

ARTICULO 6º: DETERMINAR que todo Operador inscripto en la categoría PRODUCTOR, interesado en realizar nuevas plantaciones de yerba mate, replante o reposición, en el marco de lo establecido en los artículos anteriores, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa vigente, deberá cumplimentar con los siguientes nuevos requisitos:

a).- Estar inscripto en el Registro de Operadores de Sector Yerbatero en la categoría PRODUCTOR.

b).- Solicitar al INYM la autorización para realizar una nueva plantación de yerba mate, o replante en su caso, informando la superficie a implantar, con una anticipación mínima de 30 días.

c).- Indicar el punto GPS de la nueva plantación o replante.

d). Presentar ante el INYM la autorización de ingreso de los funcionarios a la propiedad en la que se realizará la nueva plantación o el replante.

ARTICULO 7º: ESTABLECER que aquellos operadores inscriptos en la categoría PRODUCTORES que efectuaren plantaciones de yerba mate sin autorización del INYM, serán sancionados con una MULTA equivalente a CINCO MIL (5.000) kilogramos de yerba mate canchada.

La misma sanción le corresponderá al operador que realice la plantación en un lugar distinto al punto GPS informado.

Los operadores inscriptos en la categoría PRODUCTORES que efectuaren plantaciones de yerba mate por una superficie superior a la autorizada por el INYM, serán sancionados con una MULTA equivalente a CINCO MIL (5.000) kilogramos de yerba mate canchada, por cada hectárea o fracción nueva o replantada de más.

Asimismo, al responsable le corresponderá la suspensión de la inscripción en el Registro de Operadores del Sector Yerbatero en la categoría PRODUCTORES, hasta que erradique la plantación o el replante efectuado sin autorización.

ARTICULO 8º: ESTABLECER que los operadores inscriptos en la categoría PRODUCTORES que posean plantaciones no registradas en el INYM, deberán informar la superficie implantada o actualizarla en su caso, indicando el punto GPS de la misma, siendo la fecha límite para tal información el 31 de Octubre de 2021.

ARTICULO 9º: ESTABLECER que las disposiciones de la presente Resolución tendrán vigencia a partir del 1º de Enero de 2022, excepto lo dispuesto en el artículo precedente.

ARTICULO 10 º: SOLICITAR al Sr. MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA DE LA NACIÓN, el acompañamiento de la presente Resolución.

ARTICULO 11 º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la República Argentina por UN (01) día.

ARTICULO 12º: REGISTRESE, comuníquese. Tomen conocimiento las Áreas de competencia. Cumplido, ARCHIVESE.

Nelson Omar Dalcolmo – Juan José Szychowski – Claudio Marcelo Hacklander – Rubén Oscar Alvez – Danis Koch – Jonas Erix Petterson – Denis Alfredo Bochert – Sixto Ricardo Maciel


Sábado, 4 de diciembre de 2021

NOTAS RELACIONADAS
* Un juez federal dio lugar a una medida cautelar de no innovar
Compartir en: Compartir en Facebook Compartir este artículo en Twitter Compartir este artículo en Linkedin
TodoLibres.com.ar no se hace responsable por las opiniones emitidas en este espacio. Los comentarios aquí publicados son responsabilidad exclusiva de quién los escribe. Por esta razón en TodoLibres.com.ar no se permite la publicación de mensajes anónimos o bajo seudónimos. Así mismo, nos reservamos el derecho de eliminar aquellos comentarios que utilicen un lenguaje no apropiado.
Escribinos
 
 
 
Tel: +54 03772 15631551
Paso de los Libres - Corrientes | redaccion@todolibres.com.ar
publicidad@todolibres.com.ar
| fotografia@todolibres.com.ar
Copyright ©2011 | TODOLIBRES.com.ar | Todos los derechos reservados