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Jueves 25 de Abril de 2024

SE ACEPTÓ IMPUGNACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO

El STJ ordenó enjuiciar de nuevo a hombre que intentó matar a su beba
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) anuló por unanimidad una sentencia en la que un hombre recibió dos años de prisión por golpear e intentar de asfixiar a su hija de 45 días en una vivienda de la localidad de La Cruz. El máximo estamento judicial calificó de “grosera arbitrariedad” el veredicto dado por el tribunal de Libres. Anuló la condena a dos años.

La Corte provincial ordenó la realización de un nuevo juicio con un tribunal diferente. NORTE de Corrientes accedió al fallo. En él, el STJ acepta el recurso de casación formulado por el fiscal ante el Tribunal Oral Penal (TOP) de Paso de los Libres, José Alberto Fabricio, contra el condenado a la pena mencionada para R.R.S. El representante del Ministerio Público Fiscal objetó la modificación hecha por el TOP a la calificación del delito endilgado que pasó de “homicidio agravado por el vínculo y alevosía” a “lesiones culposas”. “

El pronunciamiento jurisdiccional no supera un examen racional, porque no se respeta el principio de congruencia con la grosera arbitrariedad de sentencia y que a la vez deja de lado el bien jurídico protegido del más débil en el estado de derecho”, concluyen los ministros del máximo tribunal de justicia de la provincia. Los jueces del máximo estamento judicial de Corrientes ponderaron que “a la luz del sentido común, la lógica y las demás reglas de la sana crítica racional, la conducta del imputado, no queda comprendida en el encuadre normático efectuado en la sentencia”. Bajo estos fundamentos el STJ validó la objeción del procurador Fabricio.

El hecho

Se desprende del fallo que el delito ocurrió en una finca de la localidad de La Cruz en momentos en que R.R.S. estaba solo con su hija de un mes y medio. A entender del fiscal, el encartado “tuvo la intención de quitarle la vida” a la víctima y “con ese fin la estranguló provocándole asfixia y no consumó el hecho porque se hizo presente la progenitora de la bebé y además, por la exitosa atención médica” en el hospital local. La defensa no rechazó la existencia de la acción pero arguyó como coartada que R.R.S. “quiso desahogar a la menor en su dificultad respiratoria, tomando a su hija del cuello para que pueda respirar y lograr que vomite”. No obstante, su versión fue desvirtuada ya en la etapa de investigación preparatoria de la causa.

(Diario Norte)


Domingo, 24 de julio de 2016
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